Sunday, October 20, 2019

Sacar residencia permanente para viudos de ciudadanos

Sacar residencia permanente para viudos de ciudadanos Los viudos de ciudadanos americanos pueden obtener la residencia permanente. El à ºnico requisito es estar casados en el momento del fallecimiento  y tratarse de un matrimonio de buena fe, no uno fraudulento realizado con el à ºnico propà ³sito de conseguir los papeles. Esto aplica tanto a los matrimonios heterosexuales como a los igualitarios, es decir, a los gays. La ley actual aplica desde el 28 de octubre de 2009. Con anterioridad a esa fecha era necesario que el matrimonio se hubiera celebrado al menos dos aà ±os antes del fallecimiento del cà ³nyuge estadounidense para que su viudo o viuda pudiera obtener la residencia permanente. Ahora ya no es necesario ese requisito. En este artà ­culo se informan de los 2 supuestos que pueden darse, cà ³mo es el procedimiento y el problema de plazos que puede surgir. Casos para que los viudos puedan obtener la residencia permanente Pueden darse 2 supuestos distintos. En primer lugar, cuando el ciudadano fallece tras haber solicitado la green card para su marido o mujer. Es decir,  antes de fallecer se envià ³ al USCIS la forma I-130. En este supuesto no hay que rellenar ningà ºn formulario ms ya que de forma automtica las autoridades migratorias cambiarn esa forma a la I-360.   Adems, si el fallecido no habà ­a solicitado la residencia para sus hijastros menores de 21 aà ±os que està ©n solteros, podr hacerlo en ese momento el viudo o viuda. En estos casos habr que probar que el ciudadano fallecido y su esposo o su mujer no se habà ­an separado legalmente ni tampoco divorciado. Por à ºltimo, resaltar que mientras no salen los papeles no se puede casar de nuevo. Si lo hace perder su derecho a obtener la residencia permanente. En segundo lugar  es posible que  el ciudadano fallezca  sin haber presentado los papeles para pedir a su cà ³nyuge. En estos casos el viudo o viuda podr solicitarse as sà ­ mismo, y obtener la residencia permanente mediante el formulario  I-360. Si bien deber presentarla ante el USCIS antes de que pasen dos aà ±os a contar desde el dà ­a de fallecimiento de su cà ³nyuge. Por ejemplo, si el ciudadano estadounidense fallecià ³ el 1 de mayo de 2012, los papeles deben enviarse antes del 30 de abril de 2014. En estos casos tambià ©n se podr incluir en la peticià ³n a los hijastros del fallecido que sean solteros y menores de 21 aà ±os.   Asimismo, hay  que demostrar que los esposos no estaban ni divorciados ni separados legalmente en el momento del fallecimiento. Adems, el viudo no podr contraer nuevo matrimonio mientras est pendiente de que le salga la residencia permanente. En los 2 supuestos, si adems el ciudadano fallecido era militar y su fallecimiento ocurrià ³ en combate, el viudo/a debe asesorare porque puede tener derecho a beneficios especiales en aplicacià ³n de la ley 108-136. Diferentes trmites dependiendo del paà ­s de residencia del viudo Si el viudo vive en Estados Unidos adems de la peticià ³n I-130 (si ya la habà ­a presentado el cà ³nyuge fallecido) o el I-360, se debe solicitar un ajuste de estatus mediante la forma I-485. Se puede presentar conjuntamente con la I-360 o en un momento posterior. (Si el fallecido habà ­a pedido a su cà ³nyuge es muy posible que el ajuste de estatus ya està © pedido, en este caso no hay que volver a hacerlo). Es importante destacar que los migrantes indocumentados que llegaron a Estados Unidos cruzando ilegalmente la frontera no pueden ajustar su estatus. Las personas en esta situacià ³n deben asesorarse con un abogado antes de iniciar o seguir los trmites. Sin embargo, los migrantes que sà ­ pueden ajustar su estatus pueden solicitar un permiso de trabajo mientras espera a que se apruebe. Asimismo, pueden pedir un documento para viajar que se conoce como advance parole y que permite salir y entrar de nuevo en Estados Unidos sin ningà ºn problema. Estos dos beneficios se solicitan con el ajuste de estatus. Por el contrario, si el viudo vive fuera del paà ­s debe esperar a que finalice todo el proceso para ser autorizado a ingresar a Estados Unidos como residente. Es lo que se conoce como procedimiento consular. Problemas para obtener la green card para los viudos de ciudadanos Para obtener la residencia permanente no es suficiente ser viudo de un ciudadano. Adems,  hay que cumplir con los requisitos generales de admisibilidad. Si no se cumplen, la tarjeta de residencia ser negada. Entre todos los posibles problemas destaca, por su frecuencia, el de aplicacià ³n del castigo de los 3 y de los 10 aà ±os, que tiene gran impacto si se est fuera de los Estados Unidos o si se est dentro y se entrà ³ al paà ­s ilegalmente. Este es un artà ­culo informativo. No es asesorà ­a legal

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